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Artículos 2004 |
Intromisión en el correo ajenohttp://www.caravantes.com/04/intromis.htm Por primera vez en España, un juzgado condena a una persona por haberse entrometido en el correo electrónico de otro ciudadano. La condenada es Mónica P.C., que había utilizado el correo de Hotmail perteneciente a una antigua compañera de estudios en un master. La confianza entre ambas le permitía a Mónica conocer algunos datos personales de la otra chica, con lo cual pudo acertar la pregunta secreta y descubrir la contraseña que permite el acceso a la cuenta de correo. Estos hechos ocurrieron en diciembre del 2002, y se prolongaron hasta febrero del siguiente año, cuando la acusada fué detenida por la policía. Mónica no se conformó con husmear los correos enviados o recibidos por la víctima, sino que hizo otras cosas todavía más graves. Modificó la contraseña de acceso, impidiendo que la propietaria legítima pudiera seguir usando su correo electrónico. Suplantó a la víctima, enviando correos electrónicos que parecían remitidos por ella y que fueron deliberadamente pensados para perjudicar su prestigio personal y profesional. En algunos casos reenvió mensajes originales de la víctima, dirigiéndolos hacia personas que resultaban criticadas en esos textos. Finalmente borró todos los mensajes archivados y también la libreta de direcciones, que la propietaria no podrá recuperar. Como resultado de todo ello, la víctima ha necesitado asistencia profesional por crisis de ansiedad y estrés. El informe forense presentado en el juicio habla de "temor, desesperanza, dificultad de concentración, irritabilidad e hipervigilancia". El caso se ha visto en un Juzgado Penal de Barcelona, y la acusada ha sido condenada a 2 años de prisión. Además, Mónica ha de compensar a la víctima con una indemnización de 26.886 euros (más de 4 millones de pesetas). Esta condena ha sido pactada entre las partes. En realidad, Mónica no tendrá que entrar en la cárcel por carecer de antecedentes (si no comete ningún delito en los próximos 2 años). Inicialmente, el fiscal pedía 3 años de prisión por revelación de secreto (intromisión en el correo ajeno) y otros 2 años por un delito de daños informáticos (la destrucción de datos). Una condena superior a 2 años hubiera supuesto -inevitablemente- la entrada en prisión. Este caso solo es la punta del iceberg. Otros casos similares se producen con cierta frecuencia, pero no llegan a los juzgados. Muchos internautas no han entendido que la intromisión en el correo electrónico ajeno es un delito grave, igual que sería grave leer la correspondencia de otro, o enviar cartas suplantándole. Se suelen hacer cosas de este tipo como quien hace una broma, sin valorar adecuadamente las consecuencias. En la vertiente contraria, los usuarios de correo electrónico suelen ser poco cuidadosos a la hora de poner contraseñas y preguntas secretas. De esta forma, sin querer, están dejando la puerta entreabierta para que otros puedan entrar en su parcela privada. Más información en IBLNEWS: Primera condena en España por espionaje del correo electrónico Telecinco: Dos años de prisión por usar el correo electrónico de otra persona Consumer.es: Un juez de Barcelona dicta la primera condena en España por usar el correo electrónico de otra persona COPE: Condenado por apropiarse de una cuenta de e-mail de otra persona |
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Página http://www.caravantes.com/04/intromis.htm , actualizada el 10-02-2006. @ Antonio Caravantes